La relatora especial de Naciones Unidas sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación, Gina Romero, expresó su «profunda preocupación» por los decretos supremos 5673 y 5675, al advertir que podrían restringir derechos fundamentales y aumentar el control estatal sobre las organizaciones de la sociedad civil en Bolivia.En una comunicación dirigida al Gobierno, Romero señaló que ambas normas podrían reforzar «un marco legal que impondría a la libertad de asociación restricciones incompatibles con el derecho internacional de los derechos humanos».El Decreto Supremo 5673 establece el Registro Único Nacional (RUN), obligatorio para ONG y fundaciones nacionales y extranjeras que operan en el país. La relatora cuestionó las exigencias administrativas, las facultades de supervisión estatal y la falta de criterios claros para aplicar medidas correctivas o suspender registros.
La relatora, de origen colombiano, advirtió que estas disposiciones podrían generar «inseguridad jurídica» y ser utilizadas de manera discrecional contra organizaciones críticas, defensoras de derechos humanos o dedicadas a la lucha contra la corrupción.Sobre el Decreto Supremo 5675, que redistribuye competencias gubernamentales relacionadas con la personalidad jurídica y la cooperación internacional, Romero alertó que la falta de procedimientos claros para suspender o revocar registros podría afectar gravemente la autonomía de las asociaciones.»Exigir la alineación de las asociaciones a planes oficiales podría afectar gravemente su autonomía», sostuvo la experta, quien también cuestionó la posibilidad de condicionar la cooperación internacional a las prioridades estratégicas del Estado.La relatora recordó que las restricciones a la libertad de asociación deben cumplir con los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad. Asimismo, advirtió que los decretos no contemplan un régimen de transición que evite duplicidad de trámites y retrasos administrativos.Romero solicitó al Gobierno información sobre la compatibilidad de ambas normas con las obligaciones internacionales de Bolivia, las garantías para evitar daños permanentes a la sociedad civil y los recursos disponibles para impugnar medidas que vulneren estos derechos.
