
Eduardo Claure
El Derecho Romano es una disciplina formativa para el futuro licenciado en derecho. El objetivo principal de su estudio es formar mentes jurídicas con las habilidades necesarias para elaborar análisis jurídico, su función es básicamente introductiva lo que permite al alumno y abogados la construcción ideológica y jurídica de lo que es el estudio del derecho en general. Además, la visión histórica que nos brinda el derecho romano es el punto de partida de una visión jurídico-histórica general. Sin embargo, cabe aclarar que la historia del Derecho Romano no es la historia del derecho, pero si, parte importante de ella. El Derecho Romano es piedra angular de nuestro derecho actual. El mundo se encuentra dividido en dos grandes familias de sistemas jurídicos: La anglosajona y La romanista. Nuestro país pertenece a la segunda, y ha sido influenciado por cuatro vertientes principales: 1. El derecho español. 2. El derecho napoleónico y los otros grandes códigos europeos, basados en el derecho romano y sirvieron a la creación de las codificaciones bolivianas. 3. El estudio del Corpus iuris, que han realizado diversas generaciones de juristas bolivianos. 4. El influjo de dogmática pandectística y la gran autoridad científica de los grandes romanistas alemanes del siglo pasado.
El Derecho Romano es el conjunto de principios de derecho que rigió la sociedad romana en las diversas épocas de su historia, hasta la muerte del emperador Justiniano. Desde entonces y hasta nuestros días, su estudio no ha cesado, ya que es fuente principal del Derecho Positivo. Su utilidad es tanto histórica y práctica, ya que, a través de él, se puede llegar a elaborar análisis a fondo como abogados, llegando a conocer la ciencia y el arte del derecho. Es, un modelo, ya que sus Jurisconsultos se distinguieron por su lógica, análisis y deducción, habilidades que todo abogado debe desarrollar para la práctica profesional del derecho. El Derecho Romano se considera un excelente medio de educación jurídica. Los grandes jurisconsultos romanos, principalmente de la época clásica (entre el 130 a. C. y el 230 d. C.), brillaron por su capacidad creadora de nuevas instituciones, con su plasmado pragmático sobre el edicto pretorio, buscando siempre la consecución del ideal de justicia procedente de la filosofía griega del suum cuique tribuere (dar a cada uno lo suyo). Leibniz los comparaba con los matemáticos que aplicaban sus principios como fórmulas algebraicas.
El Derecho Romano es el fundamento del derecho civil y comercial en la mayor parte de los países. El derecho privado, -sobre todo el europeo continental- nace directamente del Derecho Romano a través de la codificación napoleónica basada en el Digesto. Ahí tienen su origen todas las instituciones existentes en la actualidad. El nuevo código civil chino, que entró en vigor el 1 de enero de 2021 se ha realizado basándose directamente en el Digesto lo que ha revitalizado la importancia de la romanística. En Occidente, la estructura del derecho civil todavía responde a directivas y criterios del Derecho Romano, con mayor intensidad en los relacionados con la regulación de los derechos patrimoniales, en especial las obligaciones. Son, múltiples y variadas las enseñanzas que depara el estudio de los principios y normas constitucionales, administrativas, fiscales, penales e internacionales en el ámbito del derecho público, ius publicum, romano. Su influencia se suaviza en lo que respecta a derecho de familia, cuyas instituciones, el ius comune y la Iglesia católica desarrollaron durante la Edad Media, de todos modos el Derecho de Sucesiones o la incapacitación (turpitudo), en estrecha relación con el Derecho de Familia, tienen su origen en el Derecho Romano, lo propio en el derecho comercial, derecho mercantil, derecho penal, así como en derecho público.
Denominado tradicionalmente la ratio scripta, el Derecho Romano, sin duda, es el ordenamiento jurídico que ha alcanzado un mayor grado de perfección de la Historia de la Humanidad, y esto tanto por la justicia de sus soluciones a los diversos problemas jurídicos como por la pureza técnica de su razonamiento. Las reglas y principios jurídicos del Derecho Romano, que nacieron del ejercicio de la más clara jurisprudencia clásica, fueron objeto de una ordenada enseñanza en las antiguas Escuelas de Derecho, las que con el nacimiento de las Universidades y las Facultades de Derecho, inicialmente denominadas Facultades de Ciencias Jurídicas Políticas y Sociales -no poca cosa- hoy se desvalorizan como “Carreras”. Y, que, en muchas de ellas -16 años- como materia el Derecho Romano, poco menos que ha desaparecido, provocando el olvido y no enseñanza de sus principios doctrinales y fundamentalmente, filosóficos. Hoy se ejerce el “toma y daca”, reinan los “consorcios”, se “mercadean cargos”, se “arreglan procesos”, 21F, “reelección derecho humano”, “golpe de estado”, “debido proceso”, “errores y no delitos”, “le meto nomás”, “coca no es cocaína”, “proceso de cambio”, “reforma de la CPE”, “reforma judicial”, etc.
Las reglas y principios jurídicos del Derecho Romano, que nacieron del ejercicio de la más clara jurisprudencia clásica, fueron objeto de una ordenada enseñanza en aquellas Escuelas de Derecho como las de Bérito y Constantinopla. Posteriormente y hasta la denominada “modernidad” las universidades proyectaron universalmente la enseñanza jurídica del Derecho Romano (Derecho Común), generándose así el germen de lo que se conoce como la Ciencia Jurídica Europea. Ciertamente, aquello que hoy conocemos como Europa no es sólo un supuesto geográfico sino, ante todo, una creación de la Historia que es, en gran medida, deudora de Roma y de su Derecho.
En el contexto actual -socio político, de consorcios y aberrantes procesos judiciales- se nota que la formación de los juristas actuales y de aquellos en formación, se tornó incompleta e imperfecta por faltar el Derecho Romano, se lo enseñó o aprendió mal, o no se lo enseña como debió corresponder, por ello tenemos juristas de pacotilla y que no debieran atender ni siquiera casos de bagatela. El estudio y la investigación del Derecho Romano suponen una cuestión cardinal y esencial en la formación de los juristas de hoy y los del mañana.
En las Facultades de Derecho, o en las “carreras”, en sus pénsum, el Derecho Romano debiera contemplarse como asignatura de carácter básico de primer año y de especialidad investigativa en posteriores. Así los universitarios se formarían en las nobles artes del razonamiento jurídico desde el prisma del Derecho Público y Privado Romano. Desde esta educación jurídica el alumno que estudia Derecho Romano se prepararía para afrontar el resto de asignaturas sucesivas. De las fuentes del Derecho Romano se debe aprender hoy como ayer, aquellas técnicas y conceptos, el lenguaje y la praxis jurídica necesarios para ensamblarse como juristas del mañana y, librar a esta noble Patria de los perversos criminales de la administración de la Ley y la Justicia, dizque, en aquellas manos de “doctores”: Sistema Judicial.


