domingo, abril 28, 2024
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TSE conmina a la dirección nacional del MAS a convocar a congreso en “consenso acreditado” con organizaciones sociales matrices

 La Sala Plena del Tribunal Supremo Electoral (TSE) conminó a la dirección nacional del MAS, presidida por Evo Morales, a convocar a un congreso nacional, en un plazo de 25 días, para la renovación de su directiva en “consenso acreditado” con las organizaciones sociales matrices.

La conminatoria fue resultado de las acciones legales encaminadas por los dirigentes de las organizaciones sociales Lucio Quispe, Esteban Alavi y Guillermina Kuno. Un fallo del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz instruyó al ente electoral actuar para que en la próxima convocatoria a congreso del MAS se tome en cuenta a las organizaciones matrices.

Las organizaciones matrices inscritas en el Estatuto del MAS son la Confederación Sindical Única de Trabajadores Campesinos de Bolivia (CSUTCB), Confederación Sindical de Comunidades Interculturales de Bolivia (CSCIB) y la Confederación Nacional de Mujeres Campesinas Indígenas Originarias de Bolivia “Bartolina Sisa” (Cnmciob-“B.S”).

Así lo dispone la resolución TSE-RSP-ADM N° 0122/2024 del 26 de marzo de 2024, aprobada por la sala plena del TSE en respuesta al auto constitucional del 20 de marzo, emitido por la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, ante un “recurso de queja” planteado por los ejecutivos de la Csutcb, Lucio Quispe, de la CSCIB, Esteban Alavi y de Cnmciob-“B.S” Guillermina Kuno, para que se convoque a un nuevo congreso en apego al Estatuto Orgánico del MAS.

Por tanto, la Sala Plena del TSE resolvió “conminar a la dirección nacional del partido político MAS – IPSP, reconocida ante el Tribunal Supremo Electoral por resolución TSE-RSP-JUR No 005/217 de 1 de febrero de 2017, para que en el plazo de 25 días calendario, computable a partir de la notificación con la presente resolución, emita la convocatoria a congreso nacional ordinario para la renovación de su directiva, en cumplimiento del artículo 13 de su estatuto orgánico, es decir, con el previo consenso acreditado con las organizaciones matrices nacionales reconocidas por el citado dispositivo estatutario”.

En diciembre de 2023, la Sala Constitucional Primera del TDJLP dispuso, en la Resolución Constitucional N° 273/2023, que el TSE dé cumplimiento a lo establecido en el artículo 13 del Reglamento del Estatuto Orgánico del MAS-IPSP que establece que el Congreso Nacional Ordinario “será convocado públicamente por la Dirección Nacional del MAS-IPSP de acuerdo a temario, previo consenso con las organizaciones matrices nacionales”.

Los dirigentes denunciaron que la dirección nacional del MAS convocó al fallido congreso de Lauca Ñ, de octubre de 2023, sin ningún tipo de consenso con las organizaciones matrices.

Morales fue reelecto como presidente de la Dirección Nacional del MAS en ese congreso; no obstante, el TSE determinó “rechazar” el registro de la directiva electa porque incumplieron varias disposiciones de la convocatoria y del estatuto, por ello, ordenó convocar a un nuevo cónclave.

En cumplimiento a la Resolución Constitucional N° 273/2023, el TSE determinó incluir una nueva disposición que deja en claro la obligación de hacer constar que una nueva convocatoria a congreso debe estar concertada con las organizaciones matrices.

“Cuarto: Disponer que la Dirección Nacional del MAS-IPSP, reconocida ante el Tribunal Supremo Electoral por resolución TSE-RSP-JUR No 005/217 de 1 de febrero de 2017, convoque a Congreso Nacional Ordinario para la renovación de su directiva, previo consenso acreditado con las organizaciones matrices nacionales reconocidas por el Estatuto Orgánico del MAS-IPSPSP, en cumplimiento del artículo 13 de dicho instrumento normativo, y sea conforme a las disposiciones legales y las determinaciones del Tribunal Supremo electoral en el marco de la Resolución TSE-RSP-ADM N 0328/2023 de 19 de octubre de 2023”, se lee en el documento.

El fallo judicial estableció que “el Órgano Electoral Plurinacional garantice el cumplimiento material y no solo formal de la Resolución Constitucional mencionada (N° 273/2023)”.

La Directiva del MAS tiene plazo de 25 días para convocar al Congreso en consenso con las organizaciones matrices.

Fuente: Agencia Boliviana de Información ABI

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