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Hace más de 8 años se aprobó la Ley N° 777 del Sistema de Planificación Integral del Estado – SPIE

Con la ley del SPIE, se introdujo un nuevo sistema de planificación para todas las instituciones del Estado, que, mediante un conjunto organizado y articulado de normas, procesos, metodologías y procedimientos para la planificación de largo, mediano y corto plazo se busca la integralidad.
Según el SPIE, la planificación de largo plazo tiene un horizonte de 25 años y está constituida por el Plan General de Desarrollo Económico y Social para Vivir Bien (PGDES), bajo los parámetros de los 13 pilares de la Agenda Patriótica. La planificación de mediano plazo tiene un horizonte de cinco años y está constituida por el Plan de Desarrollo Económico y Social para Vivir Bien (PDES). Al mismo tiempo, los ministerios elaboran los Planes Sectoriales Desarrollo Integral (PSDI). Los departamentos, los municipios y las regiones elaboran los Planes Territoriales de Desarrollo Integral (PTDI). Los pueblos indígena originarios campesinos realizan los Planes de Gestión Comunitaria (PGTC). A nivel institucional, corresponden los Planes Estratégicos Institucionales (PEI). De igual forma, las empresas estatales hacen sus planes. Por último están las Estrategias de Desarrollo Integral (EDI) para regiones, regiones metropolitanas y macrorregiones.
La implementación de la Ley del SPIE, representa un intento de dotar al Estado de un sistema de planificación integral con un enfoque totalmente centralista, al que también se lo ha promocionado como un mecanismo para una planificación más efectiva, es esencial reconocer las deficiencias y los desafíos inherentes a esta iniciativa y por los resultados obtenidos hasta ahora, este sistema debe ser evaluado críticamente.
Si bien se habla de una planificación integral, la realidad es que esta parece ser más una acumulación de documentos y procesos que no necesariamente se traducen en una acción coordinada y efectiva. La multiplicidad de planes y estrategias parece más bien reflejar una falta de claridad y enfoque, lo que puede resultar en una dispersión de recursos y esfuerzos. Además, es importante destacar que la mera existencia de estos planes no garantiza su implementación exitosa. Sin una supervisión adecuada y un compromiso real por parte de todas las instituciones interesadas, estos planes podrían quedarse en el papel, dejando sin resolver los desafíos y necesidades reales de la sociedad.
Especialmente a nivel municipal el SPIE es insuficiente y deficiente porque no permite una planificación verdaderamente “integral”. Por tanto, ahora más que nunca, se debe evaluar este sistema de planificación y solucionar sus deficiencias de manera urgente.
Se afirma esto por varias razones:
Primero. – El ministerio de planificación, da la orden para que todas las entidades del estado inicien el proceso de planificación al mismo tiempo y también define una fecha límite de 180 días para presentar estos planes, por ejemplo ¿será posible que la Gobernación de La Paz pueda coordinar con los 87 municipios de su jurisdicción efectivamente? La planificación debe ser realizada en base a información técnica, seria, verificable y esta información debe partir de abajo hacia arriba desde los municipios hacia gobernaciones y gobierno central. Con esa información se procede a realizar lineamientos, priorización de la inversión y de actividades tomando en cuenta la realidad de cada municipio, para esto se debería contar con un catastro territorial como fuente de información necesaria, sin embargo, en nuestro país son deficientes (será tema para otro artículo).
Segundo. – Los gobiernos municipales deben planificar, ordenar y regular la forma física de su ciudad o asentamiento, gestionar su territorio, definir sus usos de suelo tanto en las áreas urbanas como rurales; proteger sus reservas, zonas de recarga hídrica, áreas productivas, así también ubicar donde se instalará el equipamiento complementario como lagunas de oxidación o plantas de tratamiento, botaderos, parques industriales, terminales, y muchas otras infraestructuras para estas funciones urbanas. Pero además se deben regular las construcciones y actividades privadas que se realizan en la ciudad en sus diferentes zonas, calles y avenidas, así también la altura de sus edificaciones, el uso que se les da a las mismas, el tipo de materiales de construcción y otros condicionamientos, sin olvidarnos de la regulación del comercio, del transporte, del tráfico. El gobierno municipal debe regular el crecimiento de la mancha urbana, la densificación o la dispersión, por loteamientos, establecer parámetros para configurar la ciudad, para ordenarla y principalmente para buscar su desarrollo. Por todo esto, sencillamente el PTDI no es suficiente.
Históricamente la planificación física de las ciudades a sido dejada al azar de la política, de la presión social y de los intereses de los negociantes de la tierra, llevando a que todas las ciudades de nuestro país tengas problemas cada vez más difíciles y costosos de solucionar, es más para algunas es prácticamente la mitigación de estos problemas.
Pero algo fundamental es que se comprenda el concepto de «ciudad como mercado interno» se refiere a la idea de que una ciudad, en lugar de ser simplemente ser un centro de población y actividad económica, también puede entenderse como un mercado interno en sí misma. Esto implica que dentro de la ciudad se desarrollan procesos de producción, distribución y consumo que pueden ser vistos como un microcosmos de la economía en general. En este sentido, la ciudad se percibe como un lugar donde se generan bienes y servicios, se intercambian entre sus habitantes y se consumen. Esto puede incluir desde actividades comerciales tradicionales hasta servicios financieros, culturales, de entretenimiento y otros aspectos que contribuyen a la dinámica económica local. La noción de «ciudad como mercado interno» resalta la importancia de entender las dinámicas económicas locales y cómo estas influyen en el desarrollo urbano, la calidad de vida de los habitantes y las oportunidades económicas disponibles en el contexto urbano. Por tanto, mientras más caótico es el mercado interno menos atractivo y difícil de realizar inversiones.
Como gobierno municipal, entonces, se debe buscar los mecanismos para ser más competitivos que otros municipios, para atraer población e inversión que nos permita el establecimiento de nuevas empresas, movimiento económico, más trabajo. Esto se puede a través de una configuración correcta de la ciudad que le de las condiciones al privado para invertir y que su empresa o negocio sea rentable y sostenible en el tiempo. Por otra parte, ser debe planificar y configurar la ciudad de tal manera que el habitante tenga a su alcance los servicios y equipamiento mínimos necesarios para que desarrolle sus actividades con el menor esfuerzo posible, y sin gastar dinero y sacrificar su tiempo, lo que se traduce en ahorro.
Tercero. – Además, un plan urbano-territorial debe contar de manera indivisible con un documento normativo y regulatorio conocido como código urbano y de obras, sin este sencillamente es un plan inservible. Si bien el SPIE no prohíbe a los gobiernos municipales de realizar una planificación urbana – territorial como lo establecía el anterior sistema a través del Plan de Ordenamiento Territorial, el no ser de “carácter obligatorio”, las autoridades de turno sencillamente no lo priorizan, dejando al azar estos aspectos tan importantes y fundamentales.
Cuarto. – Otro punto de mucha profundidad y que es preocupante se trata sobre la “metodología”; la planificación participativa que se lleva en el estado Boliviano para decidir la inversión publica no es suficiente y adecuada para planificar, ordenar y peor aún regular la forma física de una ciudad. Por ejemplo, ningún ciudadano, o un loteador (amablemente les podríamos decir urbanizadores) estaría de acuerdo en ceder una porción de terreno para el beneficio común. Y eso perjudica a la hora de hacer vías, o destinar zonas para áreas verdes o equipamiento. Esta planificación participativa que es llevada a cabo generalmente por los representantes de federaciones, sindicados y asociaciones no permite la regulación sino al contrario apoya las leyes negativas como las amnistías que impulsan y premian las construcciones que impactan de manera negativa a la ciudad.
En resumen, mientras que la Ley del SPIE pretende ser un paso hacia adelante en términos de planificación estatal, es necesario un análisis crítico para identificar y abordar sus limitaciones. Es fundamental que seamos realistas sobre lo que estos planes pueden lograr y que no. Es imprescindible que los gobiernos municipales comprendamos que mientras se tenga una ciudad mejor planificada, ordenada, con la extensión y la densidad propicia menos problemas y necesidades de urgencia tendrá la población.
Lastimosamente, la realidad nos muestra que ahora ante un cambio climático amenazante, donde serán cada vez más frecuentes tormentas y otros fenómenos naturales que provocarán derrumbes, inundaciones, tendremos ciudades indefensas por sus graves problemas en sus estructura que las vuelven incapaces de afrontar estos eventos, por la falta de recursos que son dispuestos en implementar servicios y equipamiento para esas “planimetrías dispersas” que exigen mediante presión la programación de recursos todo esto gracias a la planificación participativa tampoco debemos olvidar el negocio nefasto de los loteamientos en áreas rurales que obligan a la ampliación de la mancha urbana provocando la consolidación de pueblos grandes cada vez más pobres que son confundidos por metrópolis.

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