InicioRegiónPolíticaEl TED Tarija plantea adelantar la inhabilitación de candidatos

El TED Tarija plantea adelantar la inhabilitación de candidatos

Carlos Lema informó que los nueve tribunales electorales departamentales respaldan que las candidaturas observadas sean definidas al menos un mes antes de los comicios. El Tribunal Supremo Electoral analizará la propuesta el próximo martes en La Paz.

Redacción Central/El Periódico/05-09-2026.- El presidente del Tribunal Electoral Departamental de Tarija, Carlos Lema, planteó modificar la normativa electoral para que la inhabilitación de candidatos no pueda resolverse hasta 72 horas antes de una elección, como ocurre actualmente en determinados casos, sino con una anticipación mínima de 30 días.

La propuesta será analizada por el Tribunal Supremo Electoral (TSE) el próximo martes, durante una reunión prevista en la ciudad de La Paz. Según Lema, la iniciativa cuenta con el respaldo de los nueve tribunales electorales departamentales del país, que consideran necesario establecer un plazo más amplio para evitar incertidumbre entre los electores y las organizaciones políticas.

El planteamiento contempla reformas a la Ley 018 del Órgano Electoral Plurinacional, la Ley 026 del Régimen Electoral y la Ley 096, relacionada con la elección de autoridades judiciales. El objetivo es que las decisiones sobre la habilitación o inhabilitación de postulantes queden definidas antes del inicio de la etapa final de la campaña electoral.

La discusión cobró relevancia después de varios procesos en los que candidaturas fueron observadas o retiradas cuando faltaban pocos días para la votación. En esos casos, las organizaciones políticas tuvieron dificultades para reorganizar sus campañas, mientras los ciudadanos enfrentaron cambios de último momento en las opciones disponibles en la papeleta.

El actual esquema permite que algunos recursos y decisiones judiciales se prolonguen hasta las horas previas a la jornada electoral. Aunque los procedimientos buscan garantizar el derecho de los postulantes a presentar impugnaciones y recursos, también generan cuestionamientos por el impacto que pueden tener sobre la planificación electoral y la información que recibe el votante.

Lema considera que la normativa debe encontrar un equilibrio entre el derecho a la defensa de los candidatos y la necesidad de brindar certeza a la ciudadanía. Una resolución adoptada con mayor anticipación permitiría que las organizaciones políticas conozcan oportunamente quiénes participarán y que el órgano electoral pueda preparar la papeleta sin modificaciones de última hora.

La propuesta no implicaría eliminar los mecanismos de impugnación. El cambio estaría orientado a establecer un límite temporal para que todas las etapas administrativas y jurisdiccionales concluyan antes de la fase decisiva del proceso electoral. De esa manera, los recursos podrían continuar disponibles, pero dentro de un calendario que no comprometa la jornada de votación.

El debate también incluye la necesidad de precisar las competencias de las distintas instancias electorales. La Ley 018 establece la estructura y atribuciones del Órgano Electoral Plurinacional, mientras la Ley 026 regula los procedimientos de los procesos electorales, el registro de candidaturas, las campañas y la votación. La Ley 096, por su parte, contiene disposiciones específicas para la elección de autoridades del Órgano Judicial y del Tribunal Constitucional Plurinacional.

En anteriores procesos electorales, las controversias sobre requisitos, residencia, paridad, alternancia y cumplimiento de condiciones legales provocaron decisiones que modificaron listas de candidatos en etapas avanzadas. Algunas resoluciones fueron emitidas por tribunales electorales y otras derivaron de acciones constitucionales, lo que amplió la incertidumbre sobre la composición definitiva de las papeletas.

La situación también generó críticas de partidos y agrupaciones ciudadanas, que en distintas oportunidades denunciaron falta de previsibilidad y desigualdad en la aplicación de los requisitos. Desde el órgano electoral se sostuvo que las decisiones deben ajustarse a la Constitución y a las leyes vigentes, incluso cuando se producen cerca de la fecha de votación.

El planteamiento de los tribunales departamentales busca que esos conflictos sean resueltos con mayor anticipación. Para ello, será necesario revisar los plazos de inscripción, observación, sustitución, impugnación y resolución de recursos, de modo que el calendario electoral permita cerrar la nómina de candidatos por lo menos un mes antes de los comicios.

La modificación también podría reducir los problemas logísticos relacionados con la impresión y distribución de las papeletas. Cuando una candidatura es retirada después de que el material electoral fue elaborado, el órgano electoral debe evaluar si corresponde reimprimirlo, mantener la imagen del postulante con una advertencia o aplicar otro mecanismo previsto por la normativa.

El TSE deberá definir si respalda formalmente la propuesta y si corresponde remitirla a la Asamblea Legislativa Plurinacional para su tratamiento. Cualquier modificación de las leyes electorales requerirá un debate político y técnico, debido a que los plazos de inhabilitación están vinculados con derechos políticos, garantías constitucionales y procedimientos de control electoral.

La reunión del próximo martes será, por tanto, un primer paso para establecer una posición institucional común. Si el TSE aprueba la iniciativa, el siguiente escenario será la elaboración de un proyecto de reforma que detalle los artículos que deben ser modificados y el nuevo calendario aplicable a los procesos electorales.

El debate podría adquirir mayor importancia ante la proximidad de futuras elecciones y la necesidad de evitar que las candidaturas sean definidas en los últimos días. La experiencia reciente mostró que las decisiones tardías pueden afectar tanto a las organizaciones políticas como a los electores, especialmente cuando los cambios se producen después de una campaña prolongada.

Para el Tribunal Electoral Departamental de Tarija, la prioridad es que la ciudadanía llegue a la jornada de votación con información clara y definitiva sobre los candidatos habilitados. La propuesta de ampliar el plazo de inhabilitación pretende que las reglas sean conocidas con anticipación y que las controversias no alteren el proceso cuando la elección ya se encuentra en su etapa final.

La decisión final corresponderá al Tribunal Supremo Electoral, que deberá valorar la viabilidad jurídica y operativa de la reforma. Si el planteamiento avanza, la modificación de las leyes 018, 026 y 096 abrirá una discusión nacional sobre la forma en que Bolivia administra las impugnaciones y garantiza la estabilidad de sus procesos electorales.

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