
Eduardo Claure
Los productos de las ciudades, es decir sus áreas de equipamiento y servicios, que hacen al desarrollo urbano, no se la hace ni con criterio público y menos privado, es decir, se los realiza bajo los intereses de un monopolio caprichoso de la autoridad de turno, sin la necesaria atención a los intereses de los ciudadanos y por las mejores condiciones de calidad de vida. Al someter estos a esa lógica, la prestación de los servicios de salud, educación, vivienda, antes que ser incluyentes e integrales, más bien provocan la exclusión de los más necesitados que no tienen como pagar por estos bienes y servicios, por lo tanto, su acceso es además de penoso, tortuoso. El resultado es un creciente número de personas sin vivienda, niños en las calles, barrios jóvenes y periferias sin condiciones, lo que destruye identidades, valores culturales, estructuras familiares y lleva a la mujer a tomar la delantera por el sustento familiar bajo condiciones de extrema precariedad y sin condiciones de un seguro social mínimamente aceptable o inexistente, como es el caso.
Esta realidad no se refleja sólo en los fenómenos de líneas arriba, sino que los mismos van en incremento en la violencia intrafamiliar, la violencia urbana y la criminalidad diversa, la represión contra niños y mujeres, que no encuentran un escenario en el cual reciban apoyo u orientación por mejores condiciones de vida y prever un futuro más promisorio. Una acción reguladora y/o de normativa de parte de las autoridades de las ETAs, debiera ser puestas en vigencia para garantizar una mejor justicia hacia estos sectores y sea una mejoría de las relaciones sociales. Para ello debiera promoverse el desarrollo de políticas públicas subnacionales obedeciendo a la lógica de la inversión en componentes prioritarios -y no ociosas como el Puente 4 de Julio o “millonario”, la siempre postergada PTAR, la soñada 3era., 4ta. y/o 5ta. circunvalación, etc.- atendiendo a la franja social más pobre que empeora cada vez más en tanto y en cuanto, no existe un Plan de Desarrollo Municipal debidamente elaborado con visión de un desarrollo urbano sostenible. Lo que sí, existe, es una total ausencia de entes colegiados de profesionales y especialistas en la materia.
Existe la imperiosa necesidad de la gestación de un modelo de desarrollo local sostenible que tenga como objetivo el bienestar de la población en equilibrio con la naturaleza, centrado en los valores de la democracia y la justicia, sin exclusiones o discriminaciones de género, económicas, sociales, políticas, de fe, y demás. La activa participación de la sociedad civil organizada, de entidades colegiadas, académicas, religiosas, cívicas y otras, introduciría nuevos actores como agentes decisivos en la construcción de un nuevo modelo de desarrollo -tal como se reclaman de ser autónomos- donde se acepte como nuevos interlocutores legítimos en escenarios de plena participación democrática.
Para hacer frente a la actual situación de los problemas medio ambientales que cada vez se suceden con mayor frecuencia e intensidad, deben imponerse cambios substanciales para las actuales y futuras condiciones de vida de las mayorías poblacionales del entretejido social urbano, lo que puede suceder mediante la realización de un amplio conjunto de reformas en el sistema de planificación, que incluya por ejemplo una reforma urbana, una reforma institucional pública, políticas sociales públicas municipales. Una reforma urbana se hace necesaria con base de la expansión e incorporación de la participación de los ciudadanos en los procesos de decisión de las políticas locales y departamentales, donde los valores políticos y culturales puedan ser transformadas con una visión ecológica, que demande nuevas acciones para el entorno y sus componentes de biodiversidad, tan necesarios en la actualidad.
Para intentar estos cambios propuestos será necesario partir de algunos principios fundamentales, como es el Derecho a la Ciudadanía, entendido como la participación de los habitantes de la ciudad en la conducción de su destino, incluyendo el derecho al suelo/tierra municipal, a los medios de subsistencia producidos o contenidos en el municipio, al agua potable suficiente y su preservación bajo criterios de gestión del agua, al aseo urbano suficiente y su adecuado tratamiento, a la salud, la educación, al transporte público, a la alimentación, al trabajo, a la información, etc. Incluye también el derecho a la libertad de organización, el respeto de las minorías y a la pluralidad étnica y cultural, el respeto a la población migrante y el pleno reconocimiento de su ciudadanía, a la preservación de la herencia histórica y cultural, y al usufructo de un espacio culturalmente rico y diversificado sin distinciones o discriminaciones de diversa naturaleza.
Debería llegarse a una Gestión Democrática de la Ciudad, entendida como la forma de planear, producir, operar y gobernar la ciudad y su población subsumida al control y la participación de la sociedad civil, destacándose como prioritario el fortalecimiento y la autonomía de los poderes públicos locales en el marco de la llamada participación.
Asimismo, se debería aplicar lo que se denomina como la Función Social de la Ciudad y de la Propiedad, es decir, entendida como prioridad del interés común sobre el derecho individual de propiedad, con el uso socialmente justo del espacio urbano para que la población estante y habitante se haga dueña del territorio, democratizando su espacio de poder, de producción y de su cultura dentro de los parámetros de justicia y de la creación de condiciones ambientales sustentables, bajo una visión holística, ecológica, del sentir del ciudadano pleno, en consideración que el municipio, es su municipio y, en ella, su ciudad. Afirmando así, que, sin territorio, entendido como el elemento físico-material, no existe municipio, ya que en este se desarrolla la convivencia de sus habitantes. Se trata del sitio o lugar donde se asienta su población y el ámbito espacial dentro del cual ejerce él mismo su poder político y jurídico. El territorio municipal es la superficie terrestre dentro de los límites donde tiene validez el orden jurídico municipal. La comarca donde se asienta el municipio le es propio, pero no exclusivo, ya que forma parte de un territorio mayor, el del departamento y el del país, por lo tanto, el municipio, no tiene un ámbito de validez especial exclusivo, pero si propio.
En consecuencia, la existencia del municipio está determinada por la referencia territorial; entendiendo que su territorio es el espacio físico sobre el cual se ejercen potestades políticas y administrativas de las que está dotado como ente jurídico, así como el ámbito de validez de las normas que emite su gobierno, además, autónomo, o cualquier otro facultado constitucionalmente para ello, como es el caso del Estatuto de Autonomía Departamental, La Ley 031 Marco de Autonomía y Descentralización y la CPE, a falta de su Carta Orgánica Municipal que el municipio chapaco no tiene, como muchos otros a nivel nacional, seguramente por desidia e intereses ajenos al desarrollo del concepto municipio y sus órganos de poder. En rigor jurídico, el municipio es el ámbito espacial de aplicación normativa que debiera estar siendo aplicada con visión de desarrollo sustentable, holístico, ecológico y, no como la realidad nos muestra hoy, donde hasta cangrejitos mueren en proximidades y al interior, de un “espacio turístico” que, debiera ser, o erigirse, en un símbolo emblemático del equilibrio de la biodiversidad del municipio tarijeño. ¡No todo es culpa del cambio climático…!


