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Con 81 casos en dos meses, la asistencia familiar es el principal problema social en Tarija


El director municipal de la Familia, Waldo Tarifa, explicó que esta tipología desplazó incluso a la violencia familiar física y psicológica

Redacción Central./Bolinfo/Tarija
(elPeriódico-Marzo, 17/2023) La Defensoría de la Niñez y Adolescencia de Tarija ha atendido más de 368 casos durante lo que va del año, 81 de los cuales corresponden a asistencia familiar. El Director Municipal de la Familia, Waldo Tarifa, mencionó que la institución se esmera en cumplir con su misión brindando orientación a padres y madres que muchas veces encaran situaciones de conflicto que terminan afectando a sus descendientes.

Explicó que el procedimiento consta de una primera instancia en donde se reciben las demandas relacionadas con niñez y adolescencia. Posteriormente el equipo realiza un diagnóstico detallado para determinar las causas del problema y proponer soluciones adecuadas. Estas soluciones abarcan desde medidas educativas hasta asistencia social.

“El tema de asistencias familiares que son las más recurrentes, tenemos 81 casos nuevos, estamos hablando de un promedio de 40 casos por mes, esto obviamente es una atención que se hace en cinco defensorías, tenemos más de 3,900 formularios de viaje expedidos también, esto en la línea de control de evitar la trata y tráfico”, acotó.

La asistencia familiar es el derecho común tanto del niño como de la madre para recibir una manutención o mantenimiento económico, proveniente de sus padres quienes son responsables de la crianza y cuidado del hijo. Esta prestación legal se encuentra consagrada en la Constitución Política del Estado, donde se establecen los principios y derechos que dan sustento a este tipo de asistencia.

El artículo 88º señala que los menores y discapacitados son titulares de los derechos fundamentales relacionados con su protección y bienestar. A partir de éste artículo, los padres tienen la obligación legal frente a su hijo, por el cual deben contribuir con un monto específico para su mantenimiento económico antes, durante y después del divorcio u otra situación de separación entre ellos.

Existe una serie de leyes dirigidas a regular la asistencia familiar entre padres e hijos. Estas leyes establecen reglas básicas para determinar el monto adecuado que cada progenitor tiene que contribuir al sostén económico del menor. El artículo 85º del Código Civil indica que los padres tienen la obligación principalmente moral, pero también monetaria por parte del hombre hacia el menor; mientras tanto la mujer tendrá derecho a una cantidad proporcional al salario ganado por él durante el matrimonio.

Asimismo, dentro del Título XIX: “De La Asistencia Familiar” del Libro Primero:” De las Personas” del Código Civil, hay disposiciones pertinentes al tema referido aquí, tales como criterios para determinar el monto fijado para este concepto; la obtención y cobranza judicial si dicha partida no es pagada debidamente; y apartados sobre custodia legal sobre el niño en casos de separación parental temporal o definitiva.

Cabe resaltar que este trabajo de mediación no siempre es fácil ya que muchos casos son complejos debido a factores socioeconómicos, culturales e incluso políticos.

LosDATOS
La Defensoría brinda asesoría legal a mujeres que requieren de asistencia familiar
Comúnmente, los varones que no cumplen con esta obligación pueden ser detenidos por seis meses
Para cumplir con su responsabilidad, se otorga un porcentaje del salario o sueldo percibido

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